Herencia sin testamento en Cantabria: quién hereda y cómo se tramita en 2026.
La mayoría de las personas fallecen sin haber hecho testamento. No porque no quieran organizarlo, sino porque uno siempre piensa que hay tiempo y ese momento nunca llega. Si estás en esa situación en Santander, la primera cosa que debes saber es que no es el caos que puede parecer. La ley tiene ya previsto quién hereda y en qué orden cuando no hay testamento.
¿Quién hereda cuando no hay testamento?
Cuando una persona fallece sin testamento se aplica la llamada sucesión intestada, regulada por el Código Civil. El orden de preferencia de los herederos es el siguiente:
- Hijos y descendientes — heredan en primer lugar y a partes iguales
- Padres y ascendientes — si no hay hijos ni descendientes
- Cónyuge viudo — en usufructo del tercio de mejora cuando concurre con hijos; en plena propiedad si no hay descendientes ni ascendientes
- Hermanos y sobrinos
- Otros parientes colaterales hasta cuarto grado
- El Estado — solo si no existe ningún pariente con derecho
La declaración de herederos: el trámite imprescindible
El primer paso legal cuando no hay testamento es tramitar una declaración de herederos ante notario. Este documento certifica oficialmente quiénes son los herederos legales y en qué proporción les corresponde la herencia. Sin él, no se puede hacer prácticamente nada: ni acceder a cuentas bancarias, ni vender inmuebles, ni liquidar impuestos.
Para iniciarlo necesitarás al menos:
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades (que confirma que no hay testamento)
- Libro de familia del fallecido
- DNI de todos los herederos
- En su caso, certificados de nacimiento
¿Cuánto tarda?
Si los herederos están de acuerdo y la documentación está completa, la declaración notarial suele resolverse en 2 a 4 semanas. Si hay alguna discrepancia entre posibles herederos o la situación familiar es compleja, el proceso puede alargarse y, en los casos más conflictivos, requerir intervención judicial.
El impuesto de sucesiones sigue siendo obligatorio
Aunque no haya testamento, el plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones es el mismo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 meses si se solicita a tiempo. Y en Cantabria, recuerda que los herederos directos tienen bonificaciones de hasta el 100%, aunque eso no exime de la obligación de declarar.
¿Y si hay conflicto entre los herederos?
Es una situación más frecuente de lo que parece. Hermanos que no se ponen de acuerdo, parientes que aparecen de repente, dudas sobre el valor de los bienes. Cuando el diálogo no funciona, la vía judicial es la última opción, pero a veces la única. Contar con representación jurídica en esos casos marca una diferencia enorme.
Si necesitas tramitar una herencia sin testamento en Santander, Sandra Ochoantesana, abogada especialista en herencias en Cantabria, te acompaña en cada paso del proceso con experiencia, cercanía y total claridad desde el primer momento.
