Divorcio con hijos menores en Santander: qué derechos tienen y cómo protegerlos.
Cuando hay hijos de por medio, el divorcio deja de ser únicamente una cuestión entre dos adultos. Los menores tienen derechos propios que la ley protege con especial intensidad, y esos derechos están por encima de cualquier acuerdo que los padres puedan alcanzar entre ellos. Si estás atravesando un proceso de separación o divorcio en Santander y tienes hijos, esto es lo que debes saber.
¿Qué medidas hay que acordar cuando hay hijos menores?
Ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, en todo divorcio con hijos menores hay que regular obligatoriamente una serie de medidas:
- Custodia: puede ser monoparental —a favor de uno de los progenitores— o compartida, con ambos asumiendo la crianza de forma activa.
- Régimen de visitas: si la custodia es principalmente de uno, el otro tiene derecho a un calendario de visitas regulado: fines de semana, vacaciones, días festivos.
- Pensión de alimentos: el progenitor que no tiene la custodia principal contribuye mensualmente a los gastos del hijo: alimentación, ropa, colegio, actividades.
- Gastos extraordinarios: los gastos no previstos —médicos, dentista, clases particulares, material escolar especial— suelen dividirse al 50% entre ambos progenitores.
- Uso de la vivienda familiar: generalmente se atribuye al progenitor con custodia, protegiendo la estabilidad del menor.
¿Cuánto es la pensión de alimentos en Cantabria?
No existe una cantidad fija establecida por ley. El juez la calcula caso por caso, teniendo en cuenta los ingresos del progenitor que paga, las necesidades reales del menor y el nivel de vida que tenía la familia antes del divorcio. Los juzgados de Santander utilizan como referencia orientativa las tablas del Consejo General del Poder Judicial, aunque siempre se adaptan a las circunstancias concretas.
La pensión de alimentos no es fija para siempre. Puede aumentar o disminuir si cambian las circunstancias económicas de cualquiera de las partes.
¿Qué pasa si uno de los progenitores no paga la pensión?
El impago de la pensión de alimentos no es simplemente un incumplimiento civil: es un delito tipificado en el artículo 227 del Código Penal. Si el progenitor obligado deja de pagar sin causa justificada durante dos meses consecutivos o cuatro meses en el plazo de dos años, se puede interponer denuncia penal. Además, paralelamente, se puede iniciar una ejecución de sentencia para embargar bienes o salario.
No hay que esperar ni tolerar el impago. La ley protege al menor y al progenitor que cuida de él.
¿Se pueden modificar las medidas acordadas?
Sí, siempre que haya un cambio real y significativo de circunstancias. La pensión puede modificarse si el progenitor pagador pierde el empleo o si el hijo tiene nuevas necesidades. La custodia puede revisarse si uno de los progenitores se traslada a otra ciudad o si la situación del menor cambia. El convenio regulador no es un documento inamovible: es un marco que puede adaptarse a la realidad cambiante de las familias.
Proteger a tus hijos durante un divorcio requiere más que buenas intenciones: requiere que el acuerdo que se firme esté bien redactado y cubra todas las situaciones posibles. Sandra Ochoantesana, abogada de familia en Santander, lleva más de veinte años ayudando a padres y madres a atravesar este proceso garantizando que los derechos de sus hijos queden realmente protegidos.
